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El IMSS dio a conocer las Reglas para facilitar y garantizar a trabajadoras(es) domésticos el derecho a la salud y seguridad social mediante una prueba piloto para establecer un régimen especial opcional de seguridad social que ampare los seguros del Régimen Obligatorio del Seguro Social.

AFILIACIÓN DE TRABAJADORES DOMÉSTICOS AL IMSS.

Patrones de trabajadoras(es) domésticos tienen el carácter de sujeto obligado ante el IMSS y podrán afiliar al personal doméstico. El pago de cuotas obrero patronales (COP) se considerará como la presentación del aviso o movimiento afiliatorio de alta.

Los patrones deben pagar, a más tardar el día 20 del mes, las COP por mes anticipado, conforme al Salario Base de Cotización mensual y los días laborados con cada patrón, a efecto de iniciar la cobertura de seguros que ampara el Régimen Obligatorio del Seguro Social el mes inmediato siguiente al pago.

CÁLCULO DE CUOTAS.

El SBC se integrará y registrará conforme lo establece la LSS (artículos 27 y 28). Las COP se determinarán conforme lo establece la LSS: Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida;  Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como de Guarderías y Prestaciones Sociales.

El personal doméstico que labore exclusivamente para un patrón (planta o  entrada por salida) durante todo el mes calendario, éste debe enterar las COP del periodo. En caso que la persona labore con más de un patrón, cada uno de ellos debe cubrir las COP proporcionales a los días que el personal doméstico labore con cada uno durante el mes calendario.

Para pagar las COP, se requiere que el personal tramite su Número de Seguridad Social, el cual se puede asignar o localizar en la página de Internet del Instituto www.imss.gob.mx, utilizando la aplicación móvil IMSS Digital o acudiendo a la Subdelegación del domicilio de la trabajadora o trabajador.

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En RBM podemos asesorarlos para cumplir, en tiempo y forma, con sus obligaciones patronales e implementar la estrategia para optimizar, dentro del marco legal, la carga tributaria correspondiente.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo