Para tener derecho a la Pensión de parte del IMSS deben cumplir ciertos requisitos, entre otros, con un mínimo de semanas cotizadas y tener activos sus derechos.
Las personas que dejan de cotizar en el Instituto, la Ley del Seguro Social, les permite ejercer su derecho a continuar voluntariamente en el régimen obligatorio en los seguros de invalidez y vida así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, comúnmente llamada “Modalidad 40”.
Para tal efecto debe analizarse lo relativo a:
- Cotizaciones acreditadas ante el IMSS bajo el régimen obligatorio
- Salario Base de Cotización (SBC)
- Vigencia de Derecho para ejercer la opción de la “Modalidad 40” (Conservación de Derechos y Reactivación de Derechos)
En RBM podemos asesorarte para optar por la Modalidad 40 e implementar la estrategia que te permita mantener el derecho a obtener una Pensión de parte del IMSS.
“El monto de la pensión, en algunos casos, no es cuestión
de suerte, sino de una buena estrategia para maximizarla”
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En RBM podemos analizar cada caso particular, para ayudarte en tu “Planeación financiera del retiro de la vida laboral subordinada”, determinando el importe de cuotas a pagar y el importe de la Pensión que te otorgará el IMSS (costo-beneficio).
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