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Se elimina la facilidad de cumplir las obligaciones de Subcontratación Laboral a través del Aplicativo

A través de la actualización del anteproyecto de la 1ra. modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2019 publicada el 15 de agosto del 2019, se dio a conocer la eliminación de las reglas 3.3.1.44, 3.3.1.45, 3.3.1.46, 3.3.1.47 y 3.3.1.48 que otorgaban la facilidad para el cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral a través del  Aplicativo “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”.

Es importante mencionar que la información presentada a través de dicho Aplicativo, se mantendrá en las bases de datos del SAT y podrá ser utilizada por las autoridades fiscales en el ejercicio de las facultades de comprobación.

Por consiguiente, a partir del 1° de agosto de 2019 los contribuyentes deberán obtener del contratista las siguiente documentación para cumplir con las obligaciones previstas en las disposiciones fiscales:

  • Comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado.
  • Declaración de entero de las retenciones del ISR efectuados a dichos trabajadores.
  • Pago de las cuotas obrero patronales al IMSS.
  • Declaración y acuse de recibo del pago del IVA.
  • Información reportada al SAT sobre el pago del IVA.

 

A continuación, acompañamos el anteproyecto de dicha 1ra. Resolución Miscelánea Fiscal 2019 publicado por el SAT.

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Los Socios de Russell Bedford y los integrantes del Comité Fiscal estamos a tus órdenes para asistirte en cualquier duda en relación con el contenido de este Flash.