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Iniciativa de reformas de subcontratación

Este jueves 12 de noviembre, el Ejecutivo federal presentó una iniciativa en materia de subcontratación laboral, donde se proponen reformas a la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta y Ley del Impuesto al Valor Agregado, la cual inicialmente se propone que entre en vigor el 1º. de enero del 2021, con algunas excepciones.

Como parte de las propuestas de modificación, se incluye primordialmente lo siguiente:

  1. Se prohíbe la subcontratación de personal, que consiste en que una persona física o moral proporcione o ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  2. Se permite la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica de la beneficiaria de los mismos, siempre que el contratista cuente con la autorización emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Dicha autorización deberá renovarse cada tres años.
    Para efectos fiscales (ISR, IVA, IMSS, INFONAVIT), sobre este tipo de servicios se deberán cumplir una serie de requisitos dentro de los que destacan: el contar con la citada autorización, el que el contratante verifique que el contratista cumple con todas sus obligaciones en materia de pago de retenciones, IVA y de cuotas de seguridad social y reportar a las autoridades del IMSS e INFONAVIT los contratos celebrados.
  3. En el caso de los servicios de intermediación, pueden participar en los  procesos de contratación: reclutamiento, selección, entrenamiento, capacitación, entre otros.
  4. No se darán efectos fiscales de deducción o acreditamiento a los servicios de subcontratación de personal.
  5. Se establecen multas que van de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quien otorgue y reciba servicios de subcontratación laboral o presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas sin la autorización correspondiente.
  6. La subcontratación laboral califica como defraudación fiscal.

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En Russell Bedford México, nuestro equipo de especialistas legales, fiscales y de seguridad social, te brindarán asesoría relativa a la subcontratación laboral.