PRÓRROGA – Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación a las mercancías que se indican

El Oficio No. 516.2025.1850, publicado el día 3 de junio de 2025 en el portal electrónico del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), establece una prórroga hasta el 7 de julio de 2025 respecto a la aplicabilidad del “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el mismo 3 de junio de 2025.

Las solicitudes de aviso automático de exportación comenzarán a recibirse a partir del 30 de junio de 2025.

Así mismo, el día de ayer 3 de junio de 2025 se publicó en SNICE el Boletín: B.SNICE 004/205, con las recomendaciones para solicitar el aviso.

Para continuar con la lectura te invitamos a consultar el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) en el botón inferior:

SNICE

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