Solicitud de devolución de saldo a favor

En fecha reciente, la Segunda Sala del Tribunal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia trascendente en materia de devolución de impuestos.

A manera de resumen, dicho criterio señala que, si la autoridad fiscal niega total o parcialmente la solicitud de devolución de impuestos por cuestiones formales, el contribuyente no puede solicitar nuevamente dicha devolución subsanando las deficiencias en información y documentos o agregando nuevos, sino que, tendría que impugnar la decisión a través de los recursos administrativos aplicables, o bien, acudir al juicio contencioso administrativo.

Lo anterior toma relevancia debido a que, es común que las autoridades fiscales soliciten una cantidad amplía de información y documentación en sus requerimientos para validar los saldos a favor, situación que, en ocasiones deja lugar a la omisión de algún documento o bien, a que a criterio de la autoridad, los documentos enviados no son suficientes para amparar cada punto.

Adicionalmente y asumiendo que el contribuyente tenga éxito en la vía legal, el procedimiento tiende a ser extenso en cuanto a periodo de resolución, lo que provoca costos administrativos y económicos para el contribuyente.

Sugerimos tomar precauciones y crear controles que permitan evidenciar que se dio cumplimiento en tiempo y forma con el envío de la totalidad de información y documentación requerida por las autoridades.

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