Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025
El día de ayer, 28 de julio de 2025, se publicó en el DOF la Cuarta RESOLUCIÓN de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025. Se realizaron modificaciones a la regla 3.7.35. “Determinación de contribuciones por la importación de mercancías a través del procedimiento simplificado efectuado por empresas de mensajería y paquetería”.
- Se reforma la regla 3.7.35., primer párrafo, fracción I:
I: Se aplicará al valor de las mismas una tasa global del 33.5%.
- Se adiciona la regla 3.7.35., primer párrafo, fracción III, inciso c) :
c) Tratándose de mercancías cuyo valor en aduana sea superior a 117 (ciento diecisiete) dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera, se aplicará al valor de las mercancías una tasa global del 19%, siempre que las mismas:
-
- Se encuentren amparadas con una guía aérea o conocimiento de embarque, y
- No se encuentren sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.
La entrada en vigor de la modificación será el 15 de agosto del 2025.
Para continuar con la lectura te invitamos a consultar el Diario Oficial de la Federación en el botón Inferior:
*********
En Russell Bedford, nuestros expertos están a tus órdenes para apoyarte en todo lo relativo al tema de comercio exterior y asesoría en materia aduanal para tu empresa.