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Beneficios IMSS pago cuotas obrero-patronales

El H. Consejo Técnico del IMSS, mediante Boletín de Prensa 191/2020 del lunes 13 de abril de 2020, dio a conocer los instrumentos legales y administrativos para facilitar el pago de cuotas obrero-patronales:

  1. Convenio de pago en parcialidades de cuotas IMSS previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social; establece orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios; el importe inicial a pagar será el 20% de la cuota patronal y el 100% de la obrera, el resto podrá diferirse hasta 48 meses. El monto convenido en pago a parcialidades al ser un pago fuera del plazo legal, genera actualización y recargos. El beneficio es que la tasa de interés mensual oscila entre 1.26% y 1.82%, según el plazo elegido: 12, 24 y más de 24 meses.

  2. Para suscribir dicho convenio, no se requerirán garantías; Acuerdo del Consejo Técnico número ACDO. AS2. HCT.300419/150.P.DIR, del 30 de abril de 2019.

  3. De cubrir oportunamente los compromisos convenidos las multas pueden disminuirse; Acuerdo del H. Consejo Técnico 187/2003, Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003.

  4. El artículo 31 de la Ley del Seguro Social, prevé el descuento de hasta 7 días por ausentismos en los casos de ausencia del trabajador cuando subsista la relación laboral. Durante esos días, se pagará la cuota del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

  5. Se definieron como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020 y la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen.

En RBM estamos a tus órdenes para asesorarte en todo lo relativo al pago de cuotas al IMSS