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Acuerdo por el que se modifican las reglas de carácter general de la Ley Federal de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)

El día de ayer la Secretaria de Hacienda Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un acuerdo en el que modifican las reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), el cual contiene principalmente los siguientes puntos:

1. Se reforman los artículos 4 y 5, referentes al Alta y Registro ante el padrón de actividades vulnerables para empresas dedicadas a la venta de activos virtuales.

2. Para efectos de lo anterior, se crea el Capítulo II BIS "Alta y Registro de quienes operen con activos virtuales", en donde se señala que deberán entregar de manera física al Servicio de Administración Tributaria (SAT), la información y documentación que le sea solicitada para su registro (acta constitutiva, datos sus accionistas y su representante legal, nombre comercial y páginas web a través de las cuales desarrollen la actividad, entre otros).

Posterior a la entrega de la documentación, el SAT enviará un escrito informando si pueden continuar su alta ante el padrón de actividades vulnerables; en caso de que la documentación sea ilegible, este incompleta o no cumpla con los requisitos establecidos en la regla, la autoridad avisará al interesado, por una sola ocasión, para que cumpla con dicha información en un plazo máximo de 5 días hábiles siguientes a su notificación.

3. Quienes realicen operaciones con activos virtuales y se encuentren registrados como Actividad Vulnerable antes de la entrada en vigor de esta Resolución, deberán proporcionar la información adicional en términos del artículo 10 Bis de las Reglas en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de esta Resolución.

4. Por otro lado, para las personas designadas como encargadas responsables de cumplimiento para efectos de la LFPIORPI, señala que podrán obtener la certificación que otorgará la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en materia de cumplimiento de la LFPIORPI, su Reglamento y las Reglas de Carácter General, conforme a la convocatoria que emita y publique en el DOF. Dicha certificación tendrá una vigencia de 5 años.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir del 30 de noviembre de 2020.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo