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Modificaciones al Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (STPS)

El pasado 23 de agosto de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones.

 

Estas modificaciones mayoritariamente buscan, desde nuestro punto de vista, lo siguiente:

 

  • Incorporar definiciones y las Normas Oficiales Mexicanas que en su caso resulten aplicables a los procedimientos de inspección.
  • Procedimientos de inspección y verificación para las nuevas modalidades de trabajo.
  • Mayores atribuciones a los inspectores y a las autoridades, para revisar el cumplimiento de las condiciones de trabajo.
  • Verificación de las condiciones en las que, el personal propio labora y si el personal que brinda servicios especializados, cumple con las características del mismo.
  • La salvaguarda del personal de los centros de trabajo ante un riesgo o peligro inminente.
  • Establecer procesos claros de corrección de irregularidades en el centro de trabajo e imposición de multas por falta de cumplimiento y corrección.

 

Estas reformas, en adición a los lineamientos que se publicaron el pasado 24 de mayo de 2021, mediante el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, sin duda permitirán a la Autoridad un seguimiento puntal sobre los esquemas de Prestación de Servicios Especializados u Obra Especializada.

 

Seguramente, con la publicación de las modificaciones al reglamento de inspección, se incrementarán las visitas que realice la Autoridad a los centros de trabajo.

 

A la fecha, tenemos conocimiento de acciones de inspección realizadas por la Autoridad, donde están revisando, además de las condiciones en los centros de trabajo, lo siguiente:

 

  • La existencia de contratos con proveedores (contratistas) inscritos en el padrón de Prestadores de Servicios Especializados de denominado “REPSE”.
  • Si hay trabajadores que pertenecieran a proveedores (contratistas) que tuvieran celebrado un contrato de prestación de servicios especializados y,
  • Cómo se identifican los trabajadores de proveedores (contratista) y se diferencian de los trabajadores propios.

 

Es importante mencionar que las multas por falta de cumplimiento relacionado con las inspecciones de la STPS pueden llegar hasta las 5,000 UMAS, ($481,100.00), más las que pudieran aplicar por cada uno de los conceptos que estén fuera de la norma.

 

Recordemos también, que la prestación de servicios especializados sin cumplir todos los requisitos que establecen las disposiciones, también puede ser susceptible de multas de hasta 50,000 UMAS ($4,811,000.00).

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Con gusto, nuestros especialistas en Russell Bedford te pueden apoyar con la atención de cualquier visita de la autoridad, pero sobre todo, a revisar de forma anticipada el cumplimiento de las condiciones en los centros de trabajo.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo