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Nuevo acuerdo de reglas y criterios de SECON (puntos destacados)

El 9 de mayo del presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el nuevo acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, iniciando su vigencia a partir del mismo día de su publicación.

Algunos de los aspectos destacados de este nuevo acuerdo, son los siguientes:

  • Fe de Hechos más simple, se requerirá solamente sobre los domicilios y la maquinaria.
  • Fe de Hechos solo será necesaria para los siguientes trámites o solicitudes:

- IMMEX programa nuevo en cualquier modalidad

- IMMEX preoperativo

- Ampliación de actividades para IMMEX

- Ampliación para actividad de reparación en IMMEX

- Solicitud de cambio de modalidad del programa IMMEX

- Solicitud inicial de importación temporal de bienes sensibles al amparo del IMMEX

- PROSEC programa nuevo

  • No se requiere Fe de Hechos para los siguientes trámites o solicitudes:

- Registro de submaquilador ante el Programa IMMEX

- Alta de domicilios o bodegas ante el Programa IMMEX y Prosec

  • Las Fe de Hechos solamente podrán ser emitidas por Corredor Público transcurridos seis meses de la publicación del presente acuerdo. Se puede consultar el listado de Corredores Públicos en el sitio de SNICE (www.snice.gob.mx).
  • Los documentos que se requieran para solicitar los trámites en los cuales se necesite una Fe de Hechos, deberán estar a disposición del Corredor Público para que los certifique.
  • Posibilidad de solicitar una visita de inspección, en sustitución de la Fe de Hechos, para que acudan los servidores públicos facultados para ello.
  • Para efectos de los Programas IMMEX y Prosec, se deberá notificar vía correo electrónico (dgce.tramitesc@economia.gob.mx) las fusiones y/o escisiones dentro de los diez días hábiles posteriores a que hayan quedado inscritos los acuerdos de fusión o escisión en el Registro Público de Comercio.
  • Notificar mediante correo electrónico (dgce.tramitesc@economia.gob.mx) los cambios de denominación o razón social, RFC, socios y/o accionistas, representante legal y el domicilio fiscal, en un plazo de diez días hábiles, siguientes a la fecha en que se dé el cambio de los datos inicialmente registrados en los Programas IMMEX y Prosec.
  • En el caso de ampliación subsecuente de mercancía sensible al amparo del Programa IMMEX, se deberá demostrar haber exportado el 100% del volumen importado, justificando, en su caso, la razón por la cual, no fue ejercido el volumen autorizado.
  • No se podrá presentar una nueva solicitud de importación de mercancía sensible hasta en tanto no se emita la resolución correspondiente a la solicitud en curso. En caso de que así se presente, la nueva solicitud será desechada.

La vigencia de las autorizaciones para la importación temporal de mercancías sensibles, será de cuatro meses, si se cuenta con una autorización vigente, con saldos pendientes de importación, se podrá solicitar una prórroga a través de correo electrónico (immex.sesible@economia.gob.mx) por un plazo de cuatro meses adicionales para ejercer el monto pendiente, misma que deberá ser solicitada al menos quince días hábiles antes de la fecha en que finalice la vigencia de la autorización de la que se trate.

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