Skip to the content

Cuarta Versión Anticipada de la 3era Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022

El 27 de octubre de 2022 se publicó en el portal del SAT, la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022. A continuación, te damos a conocer las principales reformas y adiciones.

 

Se adicionan cuatro nuevas reglas para dar directriz, respecto al nuevo Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica:

 

  • 3.8. Requisitos para la Inscripción en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica
  • 3.9. Causales de suspensión en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica
  • 3.10. Reincorporación en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica
  • 3.11. Causales de baja definitiva en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica

 

Y en el transitorio Cuarto hace hincapié al plazo de vigencia que establece el “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indican”, el cual estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

Respecto a las más importantes reformas a las reglas ya existentes están las siguientes:

 

2.4.1. Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado, en el Transitorio Tercero indica que van a tener hasta el 31 de diciembre de 2022, las empresas interesadas para poder acreditar que cuentan con acceso directo y en tiempo real de la información de entradas y salidas de mercancía, con cámaras portátiles y por último que cuentan con el visto bueno de la AGCTI.

 

3.5.1. Procedimiento para la importación definitiva de vehículos, precisa que los certificados o constancias, son los documentos requeridos, para llevar a cabo la verificación de cumplimiento de la norma NOM-041-SEMARNAT-2015.

 

En cuanto a los Anexos se reforman los Anexos 2, 4, 7, 8, 9, 10, 12, 14, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 25, 27 y 28. Respecto al Anexo 22, Apéndice 8, Identificadores “NS” y “VT”; Anexo 23, Anexo 27 y Anexo 28, indica que estos entrarán en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 07 de junio de 2022.

 

Por último, se reforma el Transitorio Primero, fracción II de las RGCE para 2022, publicadas en el DOF el 24 de diciembre de 2021, modificado mediante la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2022, dada a conocer en el DOF el 31 de agosto de 2022, para indicar que el folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 1° de enero de 2023.

 

A continuación, te invitamos a revisar el siguiente enlace:

Revisa el documento oficial del SAT

En Russell Bedford, nuestros expertos están a tus órdenes para apoyarte en todo lo relativo al tema de comercio exterior y asesoría en materia aduanal para tu empresa.