Skip to the content

Creación del Comité Nacional de Facilitación del Comercio y de Respuesta en Situaciones de Emergencia

El 15 de agosto de 2023, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio y de Respuesta en Situaciones de Emergencia, con el propósito de coordinar a las dependencias, entidades y órganos administrativos desconcentrados de la Administración Pública Federal competentes para que sus políticas, programas y acciones se orienten de manera conjunta en la implementación y aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio que estípula la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Decisión No. 5 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), en situaciones de emergencia y con ello, facilitar el comercio en reducción, simplificación y modernización en las formalidades y procedimientos de importación y exportación, con el fin de simplificar los trámites administrativos y eliminar aquellos procesos que resulten ineficientes.

 

El presente decreto entrará en vigor a partir del 16 de agosto de 2023, derogando al Acuerdo por el que se crea, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2021 y sus modificaciones posteriores.

 

El Comité tiene las siguientes funciones:

 

  1. Diseñar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar los programas y acciones relativos a la aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio y de la Decisión No. 5.
  2. Coadyuvar con las autoridades competentes en el diseño de políticas, programas y acciones orientados a simplificar y automatizar los procesos en materia de comercio exterior, así como coordinar su ejecución, con un enfoque que propicie su articulación.

III. Aprobar la Agenda Nacional de Facilitación del Comercio.

  1. Promover la suscripción de acuerdos y convenios con en el sector público y privado a fin de dar cumplimiento al objeto de la Comisión.
  2. Analizar y, en su caso, emitir propuestas para mejorar la eficiencia de los procesos y trámites para el comercio exterior.
  3. Analizar el marco normativo en materia de comercio exterior y, en su caso, emitir propuestas a las instancias competentes, a efecto de que sean consideradas para su actualización o mejora.

VII. Proponer acciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal o local, para mantener y reestablecer los flujos comerciales, particularmente en situaciones de emergencia.

VIII. Aprobar la constitución de grupos de trabajo y analizar las propuestas que se generen en los mismos.

  1. Aprobar las reglas de operación, organización y funcionamiento del Comité, así como su informe de labores y el calendario de sesiones ordinarias.
  2. Proponer los protocolos para mantener o reestablecer los flujos comerciales que permitan la continuidad en las cadenas de suministro a nivel internacional, nacional y local en situaciones de emergencia.
  3. Ejercer las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.

 

El Comité deberá instalarse dentro de los treinta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto y deberá emitir sus reglas de operación, organización y funcionamiento, así como el calendario de sesiones ordinarias, en su sesión de instalación o en la sesión ordinaria posterior a esta, que debe realizarse dentro de los noventa días hábiles siguientes a la referida instalación.

 

A continuación, te compartimos el link de la publicación oficial para tu respectiva revisión:

Consulta la publicación oficial

*********

 

En Russell Bedford, nuestros expertos están a tus órdenes para apoyarte en todo lo relativo al tema de comercio exterior y asesoría en materia aduanal para tu empresa.

Hemos visto en Russell Bedford a un despacho serio en el cual se puede confiar para llevar a cabo el trabajo de acuerdo a los requerimientos que las autoridades federales nos exigen. Esta es una firma que recomendamos ampliamente para las labores de auditoría y fiscalización

Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo