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Reformas a las reglas de carácter general para Dictaminar el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal del Estado de Veracruz

El pasado 1° de marzo fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz, las Reglas de carácter general para dictaminar sobre la determinación y pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal y del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Juegos con Apuestas y Concursos, vigentes a partir del 2 de marzo de 2024.

 

Entre lo más relevante, destaca las reformas de los sujetos a dictaminar prevista en la regla vigésima del capítulo segundo que incluimos a continuación:

 

SUJETOS VOLUNTARIOS

  1. a) Las personas físicas o morales que en el ejercicio fiscal a dictaminar hayan tenido en promedio mensual más de 150 trabajadores;
  2. b) Las personas físicas o morales que, en el ejercicio fiscal a dictaminar, manifieste haber realizado pagos en cantidades superiores a 54,000 salarios mínimos vigentes en el ejercicio a dictaminar; por concepto de sueldos y salarios o por la prestación de un servicio personal, así como por los demás conceptos señalados en el artículo 98 del Código Financiero para el Estado de Veracruz (Código).

 

SUJETOS OBLIGADOS

  1. a) Las personas físicas o morales que en el ejercicio fiscal a dictaminar hayan tenido en promedio mensual más de 300 trabajadores;
  2. b) Las personas físicas o morales que, en el ejercicio fiscal a dictaminar, manifieste haber realizado pagos en cantidades superiores a 108,000 salarios mínimos vigentes en el ejercicio a dictaminar; por concepto de sueldos y salarios o por la prestación de un servicio personal, así como por los demás conceptos señalados en el artículo 98 del código.

 

También serán sujetos obligados las personas físicas o morales que tengan como actividad preponderante la prestación de servicios personales, independientemente que dicho servicio se haga bajo cualquier figura, así como las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas, además de contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el teletrabajo, también tendrán obligación de dictaminar, ya sea que se encuentre o no, bajo los supuestos precedentes de esta regla.

Revisa la gaceta oficial

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo