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Suprema Corte determina postura sobre prestaciones de habitación y alimentación pagadas al trabajador para efectos de IMSS

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, conforme a la Ley del Seguro Social, las partes patronales sólo pueden excluir las prestaciones de habitación y alimentación del salario base de cotización de un trabajador cuando se otorgan en especie, por lo que si dichas prestaciones son pagadas en efectivo, no sería posible excluirlas de la determinación del salario base de cotización del trabajador.

 

Te adjuntamos el documento que para fines de divulgación emite la SCJN, para su conocimiento:

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo